Desplazamiento de empleados a Noruega
El desplazamiento de empleados a Noruega requiere especial atención, ya que deben cumplirse determinados requisitos y considerarse particularidades específicas. Además, al desplazar personal también deben tenerse en cuenta los ámbitos del IVA, el establecimiento permanente y la cesión de trabajadores.
Como principio general, toda asignación de personal en Noruega conlleva:
• La tributación del salario / la determinación del impuesto sobre la renta del trabajo en Noruega, y
• La determinación de las cotizaciones a la seguridad social noruega.
En casos debidamente justificados, puede prescindirse de la tributación del salario y/o de la determinación de las cotizaciones a la seguridad social en Noruega.
Para que la empresa extranjera pueda cumplir con todas las obligaciones de notificación, debe inscribirse inicialmente en el registro mercantil noruego como una denominada “NUF” (Norwegian-registered foreign business).
Para evaluar los derechos de imposición, las autoridades fiscales requieren una serie de informaciones que se recopilan a través del Registro de Asignaciones y Empleados (Assignment & Employee Register).

El Registro de Asignaciones y Empleados: notificación del encargo y de los empleados
A través del Registro de Asignaciones y Empleados deben declararse los encargos que empresas extranjeras ejecutan en Noruega con personal desplazado. En dichas notificaciones se informa, por un lado, sobre el encargo subyacente y, por otro, se declaran los empleados junto con sus períodos de trabajo en Noruega. La oficina fiscal noruega para el extranjero utiliza esta información para los siguientes fines:
Desde la perspectiva de la empresa
• Evaluación del encargo en Noruega: encargo independiente (“enterprise”) o cesión de trabajadores
• Evaluación de si se constituye un establecimiento permanente a efectos del impuesto sobre la renta
Desde la perspectiva del empleado
• Emisión de tarjetas de retención del impuesto sobre la renta y asignación de números personales (“D-nummer”)
• Registro de los días de estancia en relación con la regla de los 183 días (conforme al convenio para evitar la doble imposición aplicable)
Cesión de trabajadores o encargo independiente
Desde la perspectiva de la oficina fiscal noruega para el extranjero en Stavanger, esta suele ser la cuestión central: la administración fiscal examina de forma rutinaria cada actividad de una empresa extranjera en Noruega para determinar si la empresa ejecuta un encargo independiente (“enterprise”) o si existe una cesión de trabajadores (“hiring out of personnel”). A continuación, se presenta un resumen de las consecuencias fiscales según la calificación:
Opción 1: Encargo independiente (“enterprise”)
Desde el punto de vista de la empresa, puede surgir un establecimiento permanente, dependiendo de la duración del proyecto. Según el convenio para evitar la doble imposición correspondiente, el umbral de duración del proyecto suele situarse entre 6 y 12 meses.
Cuando un empleado trabaja en Noruega en el marco de un contrato empresarial, normalmente puede aplicarse la excepción de los 183 días. De conformidad con el artículo 15 de la mayoría de los convenios para evitar la doble imposición celebrados por Noruega, el salario es, en principio, imponible en el país donde se realiza el trabajo. Si se aplica la excepción de los 183 días, el salario percibido por el empleado tributa en el país de su residencia fiscal.
Opción 2: Cesión de trabajadores
Desde el punto de vista de la empresa, por lo general no se constituye un establecimiento permanente cuando se desplaza personal a Noruega, ya que la cesión de trabajadores no se considera un proyecto independiente.
Los empleados suelen considerarse sujetos a imposición en Noruega desde el primer día de trabajo, ya que en estos casos la excepción de los 183 días no resulta aplicable.
Para poder distinguir entre cesión de trabajadores y un contrato de prestación de servicios, deben evaluarse determinados criterios. La autoridad fiscal noruega proporciona información al respecto en su página web.
La regla de los 183 días
De conformidad con el artículo 15 de la mayoría de los convenios para evitar la doble imposición celebrados por Noruega, los salarios están sujetos a imposición, por regla general, en el país donde se realiza el trabajo. Por lo tanto, el trabajo realizado en Noruega está, en principio, sujeto a imposición en Noruega.
Si resulta aplicable la excepción de los 183 días, el salario percibido por el empleado tributa en el país de su residencia fiscal. Debe tenerse en cuenta que esta excepción solo se aplica si también se cumplen los demás requisitos del artículo 15. Esto significa que, si una de las condiciones no se cumple, la persona será gravada en el lugar donde se ejerce el empleo, incluso si la estancia fue inferior a 183 días.
Declaración del salario y del impuesto sobre la renta mediante las “notificaciones-A / A-melding”
Todo salario obtenido en Noruega —aunque sea por pocos días— debe declararse a través de la notificación A. En principio, también debe declararse y pagarse el impuesto sobre la renta noruego. Esto se aplica incluso cuando el empleador considera que, conforme al convenio para evitar la doble imposición, el salario no está sujeto a imposición en Noruega; no obstante, en estos casos puede presentarse una solicitud de exención del impuesto sobre la renta.
Si el salario está sujeto a imposición en Noruega, normalmente puede elegirse entre la “tributación normal” y el régimen especial de retención “PAYE”.
Declaración del impuesto sobre la renta en Noruega
En la medida en que los ingresos salariales noruegos se sometan a la “tributación normal” (y no al sistema PAYE), deberá presentarse una declaración del impuesto sobre la renta en Noruega en el año siguiente. Esto también se aplica cuando, en casos individuales, se considere que la regla de los 183 días es aplicable y que los ingresos no están sujetos a imposición en Noruega. En nuestro sitio web, en la sección Impuesto sobre la renta en Noruega, encontrará información adicional sobre la preparación de la declaración del impuesto sobre la renta noruega.
Independientemente de si el empleado tributa en Noruega de forma “normal” o mediante el sistema PAYE, se recomienda que tenga acceso al portal electrónico “My Tax”.
Procedimiento “PAYE”: tributación del salario
En Noruega, los trabajadores extranjeros suelen tener la posibilidad de tributar su salario no de la forma “normal”, sino a través del sistema “PAYE” (“Pay As You Earn”). La autoridad fiscal noruega proporciona información sobre el sistema PAYE en su sitio web.
El sistema PAYE aplica tipos impositivos fijos (tipos impositivos a tanto alzado):
• Si no se aplican cotizaciones a la seguridad social en Noruega: 17,3 % (2025)
• Si deben pagarse cotizaciones a la seguridad social noruega: 25 %
Seguridad social en Noruega
Por el salario obtenido en Noruega, en principio deben pagarse cotizaciones a la seguridad social en Noruega (aunque el pago no implique necesariamente la afiliación al sistema de seguridad social noruego). Los tipos de cotización normales son del 7,7 % para los empleados y del 14,1 % para los empleadores (2025).
Por lo general, el pago puede evitarse mediante la obtención y presentación de un certificado A1 (o equivalente).
Acceso del empleado al buzón electrónico “My Tax”
En Noruega, todo el procedimiento fiscal ha sido digitalizado. Todas las gestiones relativas al impuesto sobre la renta se realizan a través del buzón electrónico “My Tax” de la administración tributaria noruega. Procedimiento de acceso:
Se solicita una carta de activación a la autoridad Altinn; para ello solo es necesario indicar el número D. La carta de activación se envía a la dirección de residencia registrada en un plazo aproximado de una semana.
Una vez recibida la carta de activación, puede instalarse una aplicación en el teléfono móvil: Get started with MinID.

Derecho laboral en Noruega: remuneración, vacaciones y protección laboral
En Noruega, los empleados gozan de amplios derechos. La autoridad de inspección noruega, Arbeidstilsynet, proporciona información al respecto en su sitio web. Los principales derechos del trabajador —y obligaciones del empleador— son, entre otros:
• Salario mínimo (en determinados sectores, explicación más abajo)
• Vacaciones y “holiday pay” de conformidad con la legislación noruega
• Posibles horas extraordinarias y remuneración de las mismas (con recargos) conforme a la normativa noruega
• Registro del tiempo de trabajo
• Un contrato de trabajo por escrito
• Tarjeta de seguridad y salud (HSE Card), especialmente para los sectores de montaje y construcción
Cesión de trabajadores por empresas de trabajo temporal: restricciones y prohibiciones
En particular, la cesión de trabajadores en obras de construcción en Oslo y sus alrededores no está permitida. La autoridad de inspección noruega, Arbeidstilsynet, proporciona información al respecto en su sitio web.